INSCRIPCIONES
Panameños que viven en el oeste de Japón
Todos los ciudadanos panameños residentes en el oeste de Japón deben registrarse en nuestro
Oficina. Este registro facilitará la tarea de nuestra oficina cuando se requiera alguna asistencia.
requerido en particular para las siguientes tareas:
- Renovación de pasaportes.
- Notificación a familiares en Panamá en caso de emergencia.
- Imprima el siguiente formulario de registro.
- Llene el formulario y adjunte la fotografía y la fotocopia del DNI y Pasaporte panameño.
- Tráelo personalmente al Consulado o envíalo por correo electrónico al siguiente correo electrónico:
Registro de Nacimiento de un Panameño en el Oeste de Japón.
Todo panameño nacido dentro del circuito consular del Consulado General de la República de Panamá en Kobe, Japón (Fukui, Kinki, Chugoku, Shikoku y Kyushu) deberá solicitar su registro como panameño ante nuestro Tribunal Electoral mediante los siguientes requisitos:
- Acta de Nacimiento del niño, expedida por el Registro Municipal y con Apostilla del MOFA.
- Traducción al español del Acta de Nacimiento y Apostilla por traductor público certificado (El Consulado deberá autentificar la traducción).
- Declaración del padre, declaración jurada del padre declarando que es el padre biológico y además que el registro no se basa en un proceso de adopción (muestra de la carta será proporcionada por nuestra oficina Consular). Este documento debe ser firmado en presencia del Cónsul General y autenticado por el Consulado.
- Carta indicando el nombre completo con el que se registrará el menor en el Tribunal Electoral de Panamá (la carta debe estar firmada en presencia del Cónsul General).
- Declaración del lugar de residencia de los padres en Panamá, este documento será emitido por la oficina del corregidor del distrito de residencia de los padres en Panamá.
- Presentar el original de los pasaportes de ambos padres.
- Presentar la cédula de identidad panameña del padre panameño.
Luego de completar los documentos antes mencionados, el proceso de registro de nacimiento podrá ser realizado por cualquiera de los padres o abuelos en Panamá sin necesidad de
cualquier autorización.
Si el registro es solicitado por un representante legal, se deberá presentar un poder y una solicitud (El Consulado deberá autenticar el poder de
sólo abogado).
Para obtener información más detallada sobre el proceso mencionado anteriormente, envíe un correo electrónico a:
También puedes visitar: www.tribunal-electoral.gob.pa/direccion-nacional-del-registro-civil/servicios/
Registro de matrimonio
Cualquier matrimonio celebrado dentro de cualquier prefectura del Oeste de Japón podrá ser registrado en Panamá por el marido o la mujer, o los padres de la pareja, después de cumplir con los siguientes requisitos:
- Acta de Matrimonio original, expedida por la Municipalidad con su sello Apostilla.
- Traducción al español del Acta de Matrimonio (La traducción debe ser realizada por un traductor público registrado en Panamá y también se traducirá el sello de Apostilla, si se utiliza).
- 2 copias de la Cédula Panameña o Pasaporte del nacional panameño, 2 copias del pasaporte del extranjero solicitante. (si es aplicable)
Para obtener información más detallada sobre el proceso mencionado anteriormente, envíe un correo electrónico a:
Registro de defunción
Cualquier fallecimiento de un ciudadano panameño dentro de nuestro circuito consular, podrá ser registrado por el esposo, esposa, padre, hijos o cualquier otro familiar cercano del fallecido en Panamá.
Para obtener más información sobre los requisitos y procedimientos necesarios, visite el siguiente sitio web: