La Autoridad Marítima de Panamá considera de suma importancia el cumplimiento internacional de la flota con bandera de Panamá y, para hacerlo cumplir, la Autoridad analiza la edad de los buques, la detención y el historial de inspecciones de seguridad, junto con el historial de inspecciones y certificaciones estatutarias y de clasificación. La flota panameña es inspeccionada en promedio 14.000 veces al año, lo que representa un desafío para mantener el cumplimiento en las diferentes regiones.
El Registro de Buques de Panamá trabaja en una revisión integrada para la verificación y control de las más de 8.500 embarcaciones que integran la flota panameña y los más de 318.000 marinos activos que permanecen a bordo de estos buques. Ser el registro más grande del mundo exige control, vigilancia y cumplimiento, pero también esfuerzos, sacrificios y estándares reales que ayuden a mantener el cumplimiento esperado por la industria.
Continuará la depuración de la flota, proceso que comenzó en 2021. Las embarcaciones con antecedentes comprometidos y detenciones reportadas por los diferentes Memorandos de Entendimiento (MoU), las embarcaciones pesqueras involucradas en situaciones de pesca no declarada y no reglamentada y las embarcaciones que mantengan bajo cumplimiento internacional estarán sujetas a un proceso de sanción y cancelación de su registro.
Las embarcaciones de avanzada edad y cuyas empresas operadoras no mantienen mejores prácticas representan un riesgo potencial, ya que pueden sufrir accidentes y detenciones en las inspecciones del Estado rector del puerto, causando daños al resto de la flota, así como al prestigio de la bandera panameña. .
El saneamiento de la flota panameña es un tema clave para la administración de la Autoridad Marítima de Panamá, que si bien había sido pospuesto en el pasado, lo abordó ahora a pesar de los sacrificios que requiere y en aras de mejorar el cumplimiento internacional.
Recientemente, el Registro de Buques de Panamá ingresó por primera vez al “Programa Qualship 21” de la Guardia Costera de los Estados Unidos, que existe desde hace más de veinte años. Es un hito importante para el Registro panameño ya que muestra el esfuerzo de la institución y su recurso humano en cambiar los métodos de trabajo y el seguimiento de la flota.
Para calificar para este programa, los buques deben cumplir con los requisitos establecidos, que alientan el buen cumplimiento y la gestión ambiental de los buques, y Panamá había implementado una serie de medidas que garantizan la reducción de posibles detenciones a la llegada de buques con bandera de Panamá a puertos de Estados Unidos (EE.UU.).
El artículo 49 de la Ley 57 “de Marina Mercante” establece como causales de cancelación de oficio las siguientes:
- La ejecución de actos que afecten los intereses nacionales.
- Incumplimiento grave de normas legales vigentes en Panamá o de seguridad marítima, prevención de la contaminación, protección marítima o convenios internacionales ratificados por la República de Panamá.
- La caducidad de la patente provisional de navegación o de la patente reglamentaria sin ser renovada dentro de un plazo de cinco años a partir de la fecha de caducidad.
- La utilización de la embarcación para el contrabando, el comercio ilícito o clandestino, la piratería o para la comisión de otros delitos.
- La presentación de documentos falsificados o falsificados.
- Abandono de la embarcación.
- La inscripción de la embarcación en otro registro, salvo en los registros especiales de fletamento de acuerdo con las formalidades previstas en esta Ley.
- La pérdida total del barco.
- La elevada incidencia de detenciones por deficiencias graves o recurrentes perjudiciales para la seguridad marítima.
- Los demás casos que establezcan las leyes y el derecho internacional.
Además, durante la revisión de esta Ley General de Marina Mercante, se propuso agregar las siguientes causales de cancelación de oficio en relación con el tema de la pesca ilegal:
- Información o indicios de que la embarcación está siendo utilizada en actividades relacionadas con la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada.
Y para colaborar como Estado de abanderamiento con la erradicación de la Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada, el Registro Panameño ha cancelado a la fecha de oficio 182 embarcaciones que representan 475,390.46 Toneladas Brutas de Registro (TRB), por no contar con Licencia de Pesca vigente o por tener una Patente de Navegación vencida, que en ambos casos podría representar Pesca Ilegal. Otros 97 buques, por un total de 59.334,83 TRB, se encuentran actualmente en proceso de cancelación por motivos similares.
El Registro de Buques de Panamá puede sancionar a los propietarios, armadores y al capitán del barco con la expulsión de la embarcación cuando se afecte la imagen y buen nombre del Registro Panameño.
Esta Administración, según la base de datos de la Autoridad Marítima de Panamá ha cancelado de oficio, desde julio de 2021 a la fecha, más de 6,5M TRB, por cuestiones relacionadas con Irán, Corea del Norte o embarcaciones incluidas en la lista de sanciones internacionales.
Este programa de eliminación responde al compromiso de la actual administración de cumplir con la limpieza de la flota, que anteriormente había sido pospuesta.
Aun así, desde julio de 2019 hasta finales de mayo de 2023, el Registro de Buques de Panamá ha agregado más de 29,6 millones de TRB a su flota, según datos de Clarksons Research.